DEVOLUCIONES Y DERECHO DE RESOLUCIÓN

La devolución de cualquier mercancía exigirá el acuerdo de ambas partes. Cibeles Consultores Industriales S.l. se reserva el derecho de exigir una indemnización para compensar los posibles daños sufridos por las mercancías. Los gastos directos ocasionados por la devolución serán por cuenta del cliente. Cibeles Consultores Industriales S.l. solamente aceptará la devolución de la mercancía si:

1.- En el plazo marcado al efecto por la Ley, (7 días hábiles) el comprador ejercita su derecho de resolución. Cibeles Consultores Industriales S.l. aceptará el ejercicio del mencionado derecho única y exclusivamente cuando la mercancía estuviese en el mismo estado en que le fue entregado y listo para la venta, con su correspondiente embalaje original y cuando estuviese en perfecto estado, y habiendo cumplido los requisitos establecidos en el punto que describe la entrega.

2.- La mercancía estuviese defectuosa: A este respecto Cibeles Consultores Industriales S.l. estará a lo dispuesto en la Ley de Productos Defectuosos, procediendo a sustituir inmediatamente el producto por otro con idénticas condiciones y prestaciones.

3.- La mercancía no le fuese proporcionada en el plazo que previamente hubiese indicado Cibeles Consultores Industriales S.l. en su OFERTA EN FIRME.

4.- Cibeles Consultores Industriales S.l. procederá igualmente a devolver el importe de la mercancía cuando por causas no imputables (ya sean directas o indirectas) a ella, se viese imposibilitado de servirlo.

5.- Cibeles Consultores Industriales S.l. aceptará la devolución de la mercancía cuando por causas imputables a ella, el producto solicitado no se correspondiese con el solicitado por el cliente.

Las presentes Condiciones Generales se resolverán automáticamente por la extinción de Cibeles Consultores Industriales S.l. o por la presentación de solicitudes de declaración de quiebra ( voluntaria o necesaria), suspensión de pagos, concurso de acreedores, cesión general de bienes a favor de acreedores, cese de las actividades propias de la sociedad, petición de quita o espera etc..

No obstante lo anterior, Cibeles Consultores Industriales S.l. y conforme a lo dispuesto en la citada Directiva y Ley de Ordenación del Comercio Minorista, podrá considerar que cuando los productos solicitados por el cliente fueren claramente personalizados y realizados conforme a las especificaciones del consumidor, u otros que en su momento determine, no prevalecerá el citado derecho de resolución ni las presentes condiciones generales, prevaleciendo por tanto el contrato de compraventa interpartes suscrito. Dicho contrato será emitido por Cibeles Consultores Industriales S.l. y remitido al CLIENTE con el objeto de aceptar las condiciones en él dispuestas y renunciando a las presentes Condiciones Generales.